El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado, mediante un auto judicial del 11/01/2008, que el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales es la vía adecuada en los recursos interpuestos frente a Educación para la Ciudadanía.
El auto del TSJA rechaza así la petición del abogado del Estado y del letrado de la Comunidad Autónoma Asturiana que solicitaron de la sala que no admitiese el recurso de los padres objetores.
A esa fecha, en Asturias se habían registrado más de 500 objeciones de conciencia frente a Educación para la Ciudadanía, de las más de 21.000, registradas por el Foro Español de la Familia junto con el Observatorio de la Objeción de conciencia. Además, el servicio de asistencia jurídica al objetor contabiliza 22 recursos interpuestos ante el TSJA.
La objeción de conciencia es un mecanismo para defender a nuestros hijos de la contaminación ideológica por parte de extraños y se puede plantear mediante un escrito dirigido al director del centro educativo. Todos los pasos están explicados en la página web http://www.objetamos.com/ El Foro de la Familia tiene un Servicio de Asistencia Jurídica al Objetor, que atiende y defiende los derechos de los padres de manera desinteresada (Tf. 91.413.29.57).

